El NIE o número personal del extranjero, será su identificador y deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su tarjeta de identidad o pasaporte.
Podrán solicitar la asignación de NIE:
• Las presentadas en España personalmente por el interesado.
• Las que se presenten en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante.
Para la asignación del NIE deberán aportar los siguientes documentos:
• Impreso-solicitud normalizado.
• Pasaporte completo, tarjeta de identidad o documento acreditativo de su nacionalidad.
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial.

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