¿Cómo se puede conseguir la nacionalidad española?
Nacionalidad por residencia: exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Nacionalidad por carta de naturaleza: será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales ya que tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo.
Nacionalidad para españoles de origen: teniendo en cuenta que son españoles de origen los nacidos de padre o madre española y los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos).
Nacionalidad por posesión de estado: personas que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.
Nacionalidad por opción: tienen derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía las personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español y las personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
Para más información visita la web del Ministerio de Justicia.